Sobre materia tributaria.
El fin, nada menos, que aclarar.
Como el Gobierno lo ha señalado, se está
trabajando y discutiendo sobre la nueva reforma tributaria, la cual próximamente
debiera ya estar promulgada y publicada en el diario oficial como lo estable la
Ley.
El aspecto más importante es la nueva imposición
que se le va aplicar a las personas y a las empresas.
Esta reforma, en forma muy general, implica que a
las empresas se les van a subir los impuestos y a las personas se les van a
bajar. Cuando se estudia el Derecho Tributario, se parte aprendiendo el IVA y
luego la Renta, este último impuesto es el que recibe más aplicación por la
reforma que está impartiendo el Gobierno. El DL N° 824, contiene 6 impuesto,
que específicamente gravan la renta obtenida por las personas (naturales y jurídicas),
es decir, por las utilidades o beneficios que reporte una cosa, o bien por la
utilidades o incrementos de patrimonio, según el artículo primero de la Ley.
Como se expreso, los dardos apuntan a subir los
impuestos a las empresas, las cuales tributan sobre el impuesto de primera categoría,
articulo 20 de la Ley de Renta, que dice esta norma ?, fundamentalmente
establece 6 actividades que van a gravar los ingresos que se obtengan del
capital. Estas actividades, implican la concurrencia de la constitución de una
empresa, "persona jurídica", principalmente la de los numerales 3 y
4. Que nos dice la ley sobre la tasa que se les aplica a las empresas?, que se
aplicara un impuesto del 17% que se determinara, recaudara y pagara sobre, y
enumera una serie de actividades. Hoy lo que quiere aplicar el Gobierno, es
subir este porcentaje a un 20%, con el fin de que las empresas paguen más
impuestos y que cuya recaudación se dirija preferentemente a costear la calidad
de la Educación. Qué pasa?, efectivamente va existir un incremente de 3 puntos
?, la respuesta es negativa, en realidad va subir 1,5 puntos, ya que con el desastroso
acontecimiento natural del 27F, el gobierno utilizando una medida urgente,
llamo a subir el impuesto a las empresas con tal de recaudar fondos, con el propósito
de reconstruir el país.
Y las personas?, las personas naturales,
generalmente tributan sobre dos impuestos, el de segunda categoría y global
complementario, artículos 42 y 52 respectivamente de la Ley de Renta. El
primero grava las utilidades obtenidas del trabajo dependiente como independiente,
diferencia que el de las empresas, éste es de pago y declaración mensual.
Mientas que el Global Complementario, es un impuesto que grava sólo y únicamente
a las personas naturales, a nadie más, que grava el conjunto de rentas. Que
quiere hacer el Gobierno?, modificar la tasa del impuesto de segunda categoría,
con el propósito que las personas paguen menos impuestos. La tasa de la que
hablamos está comprendida en el artículo 43 de la Ley. Cuál es la idea?, elevar
el mínimo exento tributable, con tal de que mayor números de chilenos queden
fuera del pago de este impuesto. Que dice la norma?, quedaran exentos del pago
de este impuesto las rentas que no excedan de 13, 5 UTM, esto es, $535.801,35
pesos. Pareciera entenderse, y a primeras, se creería que es un gran reforma,
la cual no podría ser en ninguna medida cuestionada. En palabras de Juan Pablo
Orellana, Socio de Cariola Diez Perez-Cotapoz y Cía. Ltda., el impuesto
progresivo a las personas responde al principio tributario de capacidad
contributiva, equidad vertical para los economistas, es decir, los
contribuyentes que tienen mayor capacidad de pago están afectos a un mayor
impuesto a la Renta. Por otro lado, lo cual comparto, elevar el tramo exento podría
eventualmente generar mayor puestos de trabajos, puesto que la mano de obra podría
encontrarse más barata. No lo explica el abogado, pero yo se los explico. La
persona cuando negocia al momento de ser contratada, lo único que le importa va
ser cuanta plata es la que va ganar, por tanto, la pregunta de cajón es, cuál
va ser mi sueldo liquido, el empresario al contar con un tramo exento puede
jugar con la oferta de trabajo, puesto que al pagar justo al límite del tramo,
puede obtener mayor demanda de trabajo. Y esto por la sencilla razón de que,
ahora, al ofrecer $600.000, no va implicar que el trabajador pague impuestos,
antes con el tramo inferior, el empresario debía ofrecer por sobre los 600, con
tal de amortiguar los impuestos y que en definitiva los $600.000 fueran líquidos.
Es una buena medida? podría pensarse que si.
Pero, lo importante es si va ser eficiente o no.
Se cuestionan muchas cosas, las más importantes, el incremento porcentual a las
empresas va implicar efectivamente una mayor recaudación de ingresos para el
fisco, a primeras, pareciera que si, porque al subir el impuesto es mayor la recaudación,
pero no hay que olvidar que la empresa cuenta con bastante herramientas
impositivas las cuales les van a permitir, en forma estratégica, amortiguar el
pago de impuesto. Lo único que busca el empresario del Gobierno, es pagar menos
impuesto, ni más ni menos. Algunos entendidos y expertos, consideran que el
incremento porcentual no les va hacer ni cosquillas a las empresas. Con lo
cual, implica preguntar, si efectivamente existe un recaudación eficiente y
acorde a lo que persigue el Estado para sus ciudadanos. Lo otro, en cuanto a
las personas, es muy importante preguntarse, que porcentaje es el que se
encuentra dentro del tramo exento?, es la mayoría de los chilenos ?, si es así
perfecto, muy buena reforma, es el mínimo ?, mala reforma. Algunos señalan que beneficiaria
al 1% más rico del País. Por último, que pasa con aquellas personas que se
encuentran en la mitad del tramo, y que cuyas rentas son obtenidas no por la
cantidad de empresas que ostentan, sino por la tenaz y eficiente labor que
ejercer a diario en sus trabajos, y que es muy bien pagada, es justo que ellos
deban pagar más?.
Bueno, esto es una foto muy general de la reforma
tributaria próximamente a aplicarse en nuestro País. Importante es definirse políticamente,
yo tengo mi opción, pero independiente del color político, esperemos que sea
una reforma a la altura de un país desarrollado, cuyas necesidades cada día se
elevan aun más. El Gobierno es responsable y debe dar respuesta.
Parte del cometario, fue extraido del Mercurio Legal de fecha 13 de abril de 2012, espeficamente en lo que se refiere a las palabra del Abogado Juan Pablo Orellana.